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Fase 1 desconfinamiento. Vuelve la normalidad

Dentro del plan de vuelta a la normalidad acordado por el gobierno, se han publicado dos ordenes ministeriales, una del ministerio de sanidad y otra del de transportes que flexibilizan determinadas restricciones que establecía el real decreto de declaración del estado de alarma (Orden SND/399/2020, de 9 de mayo y Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo que recordemos estará vigente hasta el próximo 24 de mayo si no se produce una nueva prórroga.

Estas nuevas medidas sólo se aplicarán en aquellos territorios que hayan pasado a la denominada Fase 1 del desconfinamiento. Todas estas medidas han entrado en vigor desde las 00:00 de hoy 11 de mayo.

En total pasan a la Fase 1, 28 provincias íntegras, la mayor parte de Tarragona y las ciudades de Ceuta y Melilla, lo que supone el 51% de la población española. Pasan a la llamada Fase 1 desde hoy lunes 11 de mayo. Las provincias que no han cumplido los requisitos sanitarios, como la Comunidad de Madrid, Barcelona, Málaga o Toledo, seguirán al menos una semana más en la Fase 0.

Fase 1 desconfinamiento. Vuelve la normalidad

El denominado Plan para la Transición a una Nueva Normalidad aprobado por el gobierno establecía los principales parámetros e instrumentos para la alcanzar la normalidad, con las máximas garantías de seguridad sanitaria y recuperando progresivamente los niveles de bienestar social y económico anteriores a la crisis sanitaria que obligo a declarar el estado de alarma.

Las medidas introducidas en ambas ordenes ministeriales son importantes sobre todo las relacionadas con la movilidad de los ciudadanos. 

Uso del transporte público y privado en la fase 1 del desconfinamiento

En esta Fase 1 los cambios son de relevancia en el uso de los transportes públicos y privados para todas aquellas provincias, islas o zonas sanitarias que se encuentran en esta situación. Las familias que conviven en un mismo domicilio pueden viajar al completo en sus vehículos sin necesidad de usar mascarilla, pueden ocupar todas las plazas del vehículo. Se entiende que al convivir juntas no existe un peligro de contagio. El límite del desplazamiento en este caso será la provincia.

Si se quiere compartir el vehículo con otros amigos o familiares ajenos al domicilio las cosas cambian. En este caso deberán viajar dos personas por cada fila de asientos. En el caso de un turismo serían cuatro personas las que podrían viajar, aunque la capacidad del vehículo por regla general sea de cinco. Todos los ocupantes están obligados a llevar mascarilla y se insta a respetar lo máximo posible la distancia de seguridad. Es decir, que cada persona vaya pegada a su ventanilla.

En el caso de las motocicletas y ciclomotores podrán viajar dos personas cuando tengan dos plazas, "siempre que o lleven casco integral con visera, o utilicen mascarilla o que residan en el mismo domicilio". Para utilizar los servicios de alquilar o uso compartido de moto se especifica la obligación de que el pasajero y el conductor utilicen guantes. Los guantes de protección para motoristas están autorizados.

Por lo que respecta a taxis o VTC, depende de si las personas que toman el taxi viven juntas o no. Si viven juntos podrán viajar hasta tres por fila en vehículos de hasta nueve plazas. Si no lo son, entonces la limitación será de dos personas por fila. Habrá que dejar siempre libre la fila del conductor, que es exclusiva para él. En cualquier caso, el uso de la mascarilla es obligatoria.

Para viajar en transporte público, lo más importante es que se debe respetar la distancia de seguridad. La mitad de las plazas sentadas tiene que quedar libre y sólo se permiten dos viajeros por cada metro cuadrado en la zona habilitada para viajar de pie. La mascarilla es obligatoria.

En aquellos autobuses en los que existan plataformas habilitadas para el transporte de viajeros de pie, se procurará que las personas mantengan entre sí la máxima distancia posible, estableciéndose como referencia la ocupación de la mitad de las plazas sentadas disponibles, y de dos viajeros por cada metro cuadrado en la zona habilitada para viajar de pie.

En las líneas de autobús todos los ocupantes deben ir sentados y es obligatorio que haya un asiento vacío contiguo que separe a los pasajeros entre sí en las diferentes filas. Si viajan personas que conviven juntas podrán ocupar asientos contiguos. En todo caso, los autobuses mantendrán siempre vacía la fila posterior a la butaca ocupada por el conductor. En la distribución de la ocupación se prestará especial atención a la habilitación de espacios para personas con discapacidad.

Tratándose de vehículos pesados, en los que, por sus características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como en el supuesto de cabinas de vehículos pesados o furgonetas, sólo podrán viajar como máximo dos personas, siempre que sus ocupantes utilicen mascarillas y guarden la máxima distancia posible. En caso contrario, únicamente podrá viajar el conductor.

Condiciones de ocupación de los vehículos en el transporte terrestre

Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo, por la que se establecen las condiciones a aplicar en la fase 1 de la desescalada en materia de movilidad y se fijan otros requisitos para garantizar una movilidad segura (BOE 10.05.2020)

moto

2
personas

  • Llevar casco integral (con visera o utilizar mascarilla)
  • O residir en el mismo domicilio.
  • Llevar guantes (valen de moto):
    • conductor (en motos compartidas)
    • pasajero (en todas)
coche

Pueden ocuparse
todas las plazas

  • Residir en el mismo domicilio.
  • Sin mascarilla.

2 personas
por fila de asientos

  • Si residen en domicilios diferentes.
  • Con mascarilla.
  • Distancia máxima entre ocupantes.
camion

2
personas

  • Con mascarilla.
  • Distancia máxima entre ocupantes.
bus Con plazas sentadas
  • Fila posterior al conductor vacía.
  • Asiento vacío entre pasajeros (excepción: si viajan juntas y residen mismo domicilio)
  • Habilitación espacios personas con discapacidad.

Con plazas sentadas y
plazas de pie

  • Mitad plazas sentadas disponibles.
  • Distancia máxima entre ocupantes.
  • 2 viajeros /m2 en zona viajar de pie.

Concesionarios abiertos en la fase 1

Según lo establecido en el artículo 10 de la orden ministerial tras la última actualización a fecha del 9 de mayo, los concesionarios de automoción podrán reabrir, así como las estaciones de inspección técnica de vehículos (ITV) “sea cual fuere su superficie útil de exposición y venta", ahora sí, con un servicio de cita previa. En este aspecto hay que recordar que, según la anterior Instrucción de la DGT, de 2 de abril, los plazos para pasar la ITV están suspendidos por lo que no serán objeto de sanción aquellos vehículos que no la tengan pasada.

Realización de reuniones familiares y apertura de comercios en la fase 1 del desconfinamiento

Por lo demás, en el plano social, en esta Fase 1 se permitirán las reuniones con un máximo de 10 personas en los domicilios o en las terrazas de bares o restaurantes. Además, se permitirá ir a la iglesia o los velatorios.

En el plano económico, lo más relevante es la apertura de comercios de menos de 400 metros cuadrados sin necesidad de pedir cita previa, así como los espectáculos culturales con un tercio del aforo. En todo caso deberán cumplirse las medidas de seguridad e higiene previstas.

Por lo que atañe al ámbito laboral recordar que el Plan establece, que siempre que sea posible, se fomentará la continuidad del teletrabajo. Los que acudan a sus centros de trabajo, deberán adoptar las medidas necesarias para cumplir los requerimientos de higiene y prevención para los trabajadores. Además, las empresas deberán garantizar disponibilidad de geles hidroalcohólicos, sustituir la huella en el fichaje por otro sistema o desinfectar el dispositivo y, en el caso de que no se pueda garantizar la distancia de seguridad interpersonal asegurar equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.

Si se detectan síntomas de infección, se deberá colocar al trabajador una mascarilla y contactar con el teléfono habilitado o centro de salud, debiendo abandonar su puesto de trabajo hasta que su situación médica sea valorada por un profesional sanitario. Asimismo, se deberán hacer ajustes horarios en entradas y salidas para evitar concentraciones.

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Se permitirá la circulación de grupos máximo de 10 personas en la misma provincia, respetando la distancia de dos metros e higiene de manos. Asimismo, se podrán volver a celebrar velatorios con un máximo de 15 personas en espacios al aire libre o 10 personas en espacios cerrados. Además, como ya hemos adelantado, se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un tercio de su aforo.

Las terrazas al aire libre podrán abrir con el 50 % de las mesas, con una ocupación máxima será de 10 personas por mesa. Será necesario realizarse la limpieza y desinfección entre un cliente y otro, mantelerías de un solo uso y dispensadores de geles. Se fomentará el pago con tarjeta y se evitará el uso de cartas de menú.

También abrirán los colegios y universidades para su desinfección, acondicionamiento y funciones administrativas.

Podrán reabrir las bibliotecas públicas y privadas para préstamo y devolución, así como lectura en sala con aforo del 30 %, pero no se permitirá el uso de ordenadores. Lo podrán hacer también los locales para actos y espectáculos culturales, que no podrán reunir en lugares cerrados más de 30 personas y, al aire libre más de 200 personas

Se confirma la reapertura de los Centros de Alto Rendimiento y deportivos para la práctica individual y el entrenamiento medio en ligas profesionales. No estarán abiertas los vestuarios. Se podrán volver a realizar actividades de turismo activo y de naturaleza en grupos de hasta 10 personas.

Todas estas son las medidas que se aplicarán en esta Fase 1 de vuelta a la normalidad y que se aplicarán en aquellos territorios que hayan accedido a la misma. El resto deberán seguir como hasta ahora.

Eugenio de Dobrynine Sirvent. Abogado CEA

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