Contactar

91 557 68 46

Facebook Instagram TikTok

Haz click para hablar con un gestor personal

91 557 68 01

Si lo prefieres te llamamos ahora



¿Qué es un ERE?

Un ERE o expediente de regulación de empleo es el cauce necesario para proceder a un despido colectivo de la plantilla motivada por una situación negativa de la empresa.

Es distinto a un ERTE, (expediente de regulación temporal de empleo) en cuanto  que  la suspensión del contrato de trabajo o su modificación de horario y jornada, en este caso temporal hasta que finalice la causa que lo provocó mientras que el ERE es un despido definitivo.

¿Qué es un ERE?

Por qué se produce un ERE

En cuanto a sus causas pueden ser económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Se considera despido colectivo al que en un plazo de 90 días:

  • Afecta a 10 o más trabajadores en empresas que tengan menos de 100.

  • Al que afecta al 10% de la plantilla en empresas que tengan entre 100 y 300 trabajadores.

  • Al que afecta a 30 trabajadores en empresas que tengan más de 300.

  • Al que afecta a toda la plantilla en empresas que tengan más de 5 trabajadores.

En Abogados CEA te ofrecemos un asesoramiento personalizado y te ayudamos frente a cualquier problema legal; Llámanos al 91 557 68 46 o contrata ahora los servicios: pago por consulta sólo 30 € o pago anual por sólo 99 €.

Tramitación de un ERE

En cuanto a su tramitación se inicia con un periodo de consultas donde la representación de la empresa intenta llegar a acuerdos con los representantes de los trabajadores.  Esta fase tiene una duración de 15 o 30 días en función de si la empresa tiene menos o más de 50 trabajadores respectivamente. Este periodo se abre con una comunicación a los representantes de los trabajadores con copia a la autoridad laboral a comunicación deberá acompañarse de toda la documentación necesaria para acreditar las causas que motivan el expediente de regulación de empleo, entre la que se encontrará en todos los casos una memoria explicativa.

Cuando la autoridad laboral tenga en su poder la anterior documentación le dará traslado de la misma a la entidad gestora de las prestaciones por desempleo. Se limitará a darle traslado del expediente, ya que los trabajadores afectados por el ERE podrían tener derecho al paro. También recabara la colaboración de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Sus actuaciones inspectoras se limitarán a comprobar que el expediente se ha tramitado debidamente.

Finalmente, si la tramitación del ERE ha cumplido todas las formalidades exigidas, la autoridad laboral procederá a autorizarla. Esta autorización permite al empresario extinguir los contratos de los trabajadores afectados. Para ello bastará con que les notifique individualmente la decisión extintiva conforme a los trámites del despido objetivo.

Además, la resolución del ERE puede establecer medidas de prioridad de permanencia para determinados trabajadores, como aquellos con discapacidad o cargas familiares.

María Oliva Gómez Olmeda – Abogada CEA

Etiquetas: despido objetivo, Contrato de trabajo, ERTE, que es un ERTE, ERTE que es, ERTE temporal, Cual es la diferencia entre ERE y ERTE, que es un erte temporal, ERE, expediente de regulacion de empleo, expediente de regulacion temporal de empleo, regulacion de empleo, despido colectivo, despido colectivo indemnizacion, inspeccion de trabajo y seguridad social, contrato laboral, que significa ERE, que significa ERTE, que es un ERE temporal, que es un ERE laboral, que es un ERE de empresa, tramitacion ERE, indemizacion ERE, por que se produce un ERE

Nos avalan más de 25 años de experiencia. Alto porcentaje de éxito.

Infórmate gratis

Éxitos Abogados CEA

  • 11
    Socio ASB, propietario de una vivienda alquilada, necesitaba resolver contrato de arrendamiento para que su hijo ocupara la vivienda, la inquilina no quería marcharse y encima no le abonaba la renta. Se le mandó un escrito firmado por Abogados CEA, explicándole la obligación que tenía de abandonar la vivienda en unos meses. La inquilina ha aceptado marcharse de la vivienda voluntariamente. En la actualidad el socio nos comunica que su inquilina se encuentra haciendo la mudanza.
  • 8
    R.M.: "Cuando Fernando (Abogado de CEA) nos dijo que Bankia nos devolvía los 266.000 € que habíamos invertido en preferentes, sentí que nos había tocado la lotería. Estamos muy agradecidos"
  • 10
    S.F.G.: "Gracias a las gestiones de la abogada María Oliva Gomez, sólo pagué 69 € por un año de inscripción y consiguieron que no tuviera que pagar 1.800 € que me reclamaba la compañía de la luz"
  • 4
    Se consigue que Orange devuelva al socio M.T.A, 672 €, que le había facturado en concepto de mensajes Premium.
  • 5
    Se gana procedimiento por el que el Ayuntamiento pretendía que la socia C.M.G. quitara su equipo de aire acondicionado de la fachada del edificio.
  • 3
    RMG fue a recoger a su nieto a la guardería y este tenia heridas diversas en su cuerpo; acudió a Abogados CEA para reclamar los hechos y tras los requerimientos realizados por la abogada María Oliva Gómez, se llegó a un acuerdo con el centro por el que, la madre del menor fue indemnizada con 3.000 €.
  • 1
    El socio A.M, acudió a Abogados CEA ya que Vodafone le había subido el precio de su tarifa aún teniendo periodo de permanencia. La abogada Maria Oliva Gómez consiguió que la compañía le devolviera todo el dinero que le habían cobrado de más.
  • 2
    Conseguimos que socio A.T.G. sea compensado con 1.300 € por la compañía eléctrica ya que la misma llevaba años aplicándole en su factura una penalización por no instalar el Interruptor de Control de Potencia sin que se dieran los requisitos necesarios para aplicar la citada penalización.
  • 7
    J.A.: "Gracias a la abogada Ana María Amador me devolvieron el dinero de un móvil que me vendieron y no funcionaba bien"
  • 6
    FJP como cliente del BBVA acudió a la asesoría jurídica de CEA para interponer una reclamación a su banco. Finalmente, a través de la reclamación presentada por los abogados de CEA, nuestra socia consiguió recuperar parte de los gastos de hipoteca (notaría y registro)
  • 9
    A.V.: "La aerolínea quería pagarme 72 € de indemnización por retraso y los abogados de CEA consiguieron que me pagaran 600 €"