Contactar

91 557 68 46

Facebook Instagram TikTok

  • Inicio
  • Blog
  • Sustracción de menores durante el periodo vacacional

Sustracción de menores durante el periodo vacacional

La llegada del verano incrementa los problemas entre parejas separadas que han de planificar sus vacaciones con hijos menores, teniendo en cuenta tanto los convenios reguladores, sentencias judiciales y necesidades de los niños.

Sustracción de menores durante el periodo vacacionalUna cuestión para evitar problemas en el futuro es eludir llegar a un acuerdo rápido, que, si bien pone fin de una forma inmediata a una situación desagradable, no entra en el fondo de las cuestiones que se van a presentar a corto plazo, originando desavenencias, tensiones emocionales de los padres que provocarán en los menores conflictos de lealtad.

Aunque no está estipulado por ley, el sentido común recomienda periodos más cortos para los niños muy pequeños (semanas, incluso días alternos, ampliando la quincena cundo llegan a la edad de 6 ,7 años) cuando los niños ya son mayores de esa edad, la organización se puede hacer por meses, teniendo en cuenta que a partir de los 12 años el niño va a ser escuchado.

Los problemas que nos podemos encontrar cuando el convenio regulador o la sentencia judicial no se pronuncia de forma expresa sobre la organización detallada del periodo vacacional, son entre otros, cuando empieza y termina el periodo vacacional, fecha límite para comunicar el progenitor que le toca elegir periodo su elección al otro progenitor, régimen de comunicación con el niño cuando disfruta de las vacaciones con el otro progenitor, actividades que necesitan el consentimiento de los dos.

¿Qué sucede si el progenitor, terminado su periodo vacacional con el hijo menor, no entrega el mismo al otro progenitor?

En este caso se podría estar incurriendo en una sustracción de menores, tipificado en el Código Penal y castigado con pena de prisión.

Dicha actuación delictiva consiste en traslado del menor de su lugar de residencia sin consentimiento del otro progenitor con quien conviva habitualmente o retención del menor incumpliendo gravemente el deber establecido por resolución judicial o administrativa.

En Abogados CEA te ofrecemos un asesoramiento personalizado y te ayudamos frente a cualquier problema legal; Llámanos al 91 557 68 46 o contrata ahora los servicios: pago por consulta sólo 30 € o pago anual por sólo 99 €.

Si se incurre en alguno de estos dos supuestos, el progenitor perjudicado puede acudir a la vía penal interponiendo una denuncia o querella de forma inmediata o bien se puede actuar por la vía civil, interponiendo demanda ejecutiva en el juzgado de familia que haya conocido del divorcio y en el que se hayan regulado las medidas de guarda y custodia del menor.

Por último, se podría incurrir en un supuesto de secuestro de menores, cuando el menor es trasladado ilícitamente por uno de los progenitores a un país distinto de donde reside habitualmente.

Ana Belén Cruz Campo – Abogada de CEA

Etiquetas: Divorcio, Separacion, Custodia compartida, Código Penal, abogado familia, patria potestad, convenio regulador, guarda y custodia, custodia hijos, via civil, via penal, divorcio hijos, consulta abogado, sustraccion menores, convenio regulador niños, abogados divorcios, secuestro menores, pena prision

Nos avalan más de 25 años de experiencia. Alto porcentaje de éxito.

Infórmate gratis

Éxitos Abogados CEA

  • 11
    Socio ASB, propietario de una vivienda alquilada, necesitaba resolver contrato de arrendamiento para que su hijo ocupara la vivienda, la inquilina no quería marcharse y encima no le abonaba la renta. Se le mandó un escrito firmado por Abogados CEA, explicándole la obligación que tenía de abandonar la vivienda en unos meses. La inquilina ha aceptado marcharse de la vivienda voluntariamente. En la actualidad el socio nos comunica que su inquilina se encuentra haciendo la mudanza.
  • 8
    R.M.: "Cuando Fernando (Abogado de CEA) nos dijo que Bankia nos devolvía los 266.000 € que habíamos invertido en preferentes, sentí que nos había tocado la lotería. Estamos muy agradecidos"
  • 10
    S.F.G.: "Gracias a las gestiones de la abogada María Oliva Gomez, sólo pagué 69 € por un año de inscripción y consiguieron que no tuviera que pagar 1.800 € que me reclamaba la compañía de la luz"
  • 4
    Se consigue que Orange devuelva al socio M.T.A, 672 €, que le había facturado en concepto de mensajes Premium.
  • 5
    Se gana procedimiento por el que el Ayuntamiento pretendía que la socia C.M.G. quitara su equipo de aire acondicionado de la fachada del edificio.
  • 3
    RMG fue a recoger a su nieto a la guardería y este tenia heridas diversas en su cuerpo; acudió a Abogados CEA para reclamar los hechos y tras los requerimientos realizados por la abogada María Oliva Gómez, se llegó a un acuerdo con el centro por el que, la madre del menor fue indemnizada con 3.000 €.
  • 1
    El socio A.M, acudió a Abogados CEA ya que Vodafone le había subido el precio de su tarifa aún teniendo periodo de permanencia. La abogada Maria Oliva Gómez consiguió que la compañía le devolviera todo el dinero que le habían cobrado de más.
  • 2
    Conseguimos que socio A.T.G. sea compensado con 1.300 € por la compañía eléctrica ya que la misma llevaba años aplicándole en su factura una penalización por no instalar el Interruptor de Control de Potencia sin que se dieran los requisitos necesarios para aplicar la citada penalización.
  • 7
    J.A.: "Gracias a la abogada Ana María Amador me devolvieron el dinero de un móvil que me vendieron y no funcionaba bien"
  • 6
    FJP como cliente del BBVA acudió a la asesoría jurídica de CEA para interponer una reclamación a su banco. Finalmente, a través de la reclamación presentada por los abogados de CEA, nuestra socia consiguió recuperar parte de los gastos de hipoteca (notaría y registro)
  • 9
    A.V.: "La aerolínea quería pagarme 72 € de indemnización por retraso y los abogados de CEA consiguieron que me pagaran 600 €"