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¿Qué diferencia hay entre separación y divorcio?

Ante la disolución de un matrimonio se plantean dos opciones, la separación o el divorcio. Fundamentalmente existen tres diferencias relevantes ente la separación y el divorcio:

  • diferencias entre matrimonio y divorcioCon el divorcio se produce la disolución del matrimonio, mientras que con la separación el matrimonio subsiste, consecuentemente los divorciados pueden volver a contraer matrimonio entre sí, o con terceras personas, mientras que los separados no pueden volver a contraer matrimonio.

  • Con el divorcio se produce la disolución del Régimen Económico Matrimonial, mientras que la separación produce cómo efecto el régimen económico de separación de bienes desde la sentencia.

  • En caso de optar primero por la separación y después solicitas la demanda de divorcio pagarás dos procesos, mientras que, si solicitas directamente el divorcio, sólo tendrás que asumir los gastos correspondientes al divorcio. Además, si hay acuerdo entre las partes, podrás realizar un divorcio express que es mucho más rápido y económico y también lo podrás realizar ante notario.

En cualquiera de los casos siempre es aconsejable la disolución del matrimonio por la vía amistosa puesto que sólo será necesario contratar un abogado y un procurador con el ahorro económico que esto supone frente a un proceso por la vía de lo contencioso. En el primer caso podemos estar hablando de una media de 500 € y en el segundo puede llegar a los 2.500 € o incluso más. 

En Abogados CEA te ofrecemos un asesoramiento personalizado y te ayudamos frente a cualquier problema legal; Llámanos al 91 557 68 46 o contrata ahora los servicios: pago por consulta sólo 30 € o pago anual por sólo 99 €.

Si la pareja tiene hijos menores o personas con discapacidad a su cargo, aspectos como la custodia, patria potestad, el régimen de visitas o la pensión alimenticia se pueden y deben de establecer con independencia del tipo de disolución del matrimonio que se haya elegido.                                                           

                                                                                   Mª Oliva Gómez – Abogada CEA

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