Cómo reclamar daños por obras del vecino
Las obras de reforma y construcción son algo habitual en cualquier edificio. El problema llega cuando los trabajos del vecino provocan grietas en tus paredes, humedades en el techo o, en los casos más graves, daños estructurales que afectan a la seguridad de tu vivienda.
Muchos propietarios no saben a quién reclamar ni cómo hacerlo. Este artículo explica los pasos concretos para defender tus derechos.

Qué dice la ley: el marco legal que te protege
La base jurídica de cualquier reclamación por daños causados por obras vecinas está en el Código Civil. El artículo 1902 establece que quien causa un daño a otro, mediando culpa o negligencia, está obligado a repararlo. El artículo 1908 añade la responsabilidad específica por daños derivados de edificios y construcciones. A estas normas se suma la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), que regula las garantías exigibles a los agentes que intervienen en cualquier proceso constructivo, y la Ley de Propiedad Horizontal cuando los daños afectan a elementos comunes del edificio.
Quién responde: propietario, constructor o arquitecto
La pregunta que surge siempre es a quién hay que dirigir la reclamación. No hay una respuesta única, porque depende de cómo y por qué se produjo el daño:
-
El propietario de la vivienda responde cuando los daños se derivan de decisiones propias, como dar instrucciones concretas sobre dónde derribar un tabique o cómo ejecutar una excavación.
-
La empresa constructora es la principal responsable cuando el daño tiene su origen en una mala ejecución de los trabajos. En casi todos los casos dispondrá de un seguro de responsabilidad civil al que también puede reclamarse directamente.
-
El técnico director de la obra puede ser responsable si el daño tiene origen en un error de proyecto o de dirección facultativa.
Cuando varias partes contribuyen al daño, pueden responder de forma solidaria, lo que significa que el afectado puede exigir el total de la indemnización a cualquiera de ellos, sin necesidad de acreditar en qué medida contribuyó cada uno.
Daños más habituales en reclamaciones entre vecinos
Los casos que llegan con más frecuencia a los despachos de abogados son grietas y fisuras en muros y tabiques, humedades y filtraciones de agua, desperfectos en elementos comunes como fachadas, escaleras o garajes, y daños estructurales derivados de excavaciones o demoliciones. Cada tipo de daño tiene su propia particularidad a efectos de prueba y de valoración económica, por lo que no conviene generalizar.
Los pasos para reclamar correctamente
Actuar con rapidez y de forma ordenada puede ser determinante para que la reclamación prospere. Estos son los pasos esenciales:
-
Documenta el estado de tu vivienda desde el primer momento con fotografías y vídeos fechados. Cuanto más detallada sea la documentación, más sólida será la prueba.
-
Comunica el daño por escrito al propietario que realiza las obras, a la empresa constructora y, si corresponde, a la comunidad de propietarios. Guarda siempre el acuse de recibo o el justificante de envío.
-
Solicita un informe técnico a un arquitecto o aparejador que acredite la causa del daño y cuantifique económicamente los desperfectos. Sin este informe, la reclamación tiene pocas posibilidades de prosperar.
-
Notifica el siniestro a tu compañía de seguros. Si conoces el seguro del causante del daño o de la constructora, también puedes reclamar directamente contra ellos.
-
Inicia la reclamación extrajudicial mediante escrito formal. Este paso, además de dar la oportunidad de llegar a un acuerdo, interrumpe el plazo de prescripción.
-
Si no hay acuerdo, acude a la vía judicial para reclamar la reparación de los daños y la indemnización por los perjuicios económicos acreditados.

Caso real: Los propietarios de un piso detectaron grietas progresivas en varios tabiques coincidiendo con el inicio de obras de excavación en el edificio contiguo. La empresa constructora no dio respuesta a las comunicaciones verbales.
Abogados CEA encargó un informe pericial que acreditó la relación directa entre los trabajos y los daños, notificó fehacientemente a la promotora y a su aseguradora, y formuló la reclamación correspondiente. El caso se resolvió extrajudicialmente con una indemnización que cubrió íntegramente los costes de reparación, evitando un proceso judicial.
El plazo para reclamar: no esperes demasiado
El artículo 1968.2 del Código Civil fija en un año el plazo para ejercer la acción de responsabilidad civil extracontractual, contado desde que el afectado tuvo conocimiento del daño. Pasado ese plazo sin actuar, el derecho a reclamar prescribe.
La buena noticia es que este plazo puede interrumpirse: basta con dirigir una reclamación extrajudicial al responsable para que el cómputo se reinicie desde cero. Aun así, no conviene confiar demasiado en esa posibilidad. Si el vecino o la empresa promete solucionar el problema de forma verbal pero no actúa, el tiempo corre igual.
En Abogados CEA contamos con un equipo especializado en derecho civil y conflictos entre propietarios. Si las obras de tu vecino han causado daños en tu vivienda, analizamos tu caso, te asesoramos sobre la vía más adecuada y te acompañamos en todo el proceso de reclamación. Porque este tipo de situaciones suelen ser más complejas de lo que parecen, y enfrentarlas sin respaldo jurídico puede costar caro.
Preguntas frecuentes sobre cómo reclamar daños por obras del vecino
¿Puedo reclamar daños por obras del vecino, aunque las obras tengan licencia municipal?
Sí. Que las obras cuenten con licencia no exime al responsable de indemnizar los daños causados a terceros. La legalidad administrativa de la obra es independiente de la responsabilidad civil por los daños que origine.
¿Quién paga los daños: el vecino propietario o la empresa constructora?
Depende del caso. Si el daño se debe a una mala ejecución, la responsabilidad recae principalmente sobre la empresa constructora. Si el propietario dio instrucciones que contribuyeron al daño, también puede ser responsable. En muchos casos, ambos responden de forma solidaria.
¿Qué documentación necesito para reclamar daños por obras del vecino?
Fotografías y vídeos fechados de los daños, comunicaciones escritas al responsable con acuse de recibo, informe técnico de un arquitecto o aparejador que acredite la causa y cuantifique los desperfectos, y los presupuestos de reparación.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar los daños causados por obras del vecino?
El plazo general es de un año desde que conociste el daño, conforme al artículo 1968.2 del Código Civil. Puede interrumpirse mediante reclamación extrajudicial dirigida al responsable, lo que reinicia el cómputo.
¿Puedo reclamar también si los daños afectan a elementos comunes del edificio?
Sí. En ese caso, la comunidad de propietarios está legitimada para ejercer la reclamación por los elementos comunes afectados, con independencia de las reclamaciones individuales de cada propietario.
¿Es obligatorio ir a juicio para reclamar daños por obras del vecino?
No. En muchos casos, una reclamación extrajudicial bien documentada y acompañada de un informe técnico permite llegar a un acuerdo con el responsable o su aseguradora sin necesidad de acudir a los tribunales.