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Todo lo que necesitas saber para contratar a una empleada del hogar

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Todo lo que necesitas saber para contratar a una empleada del hogar

Alta en la Seguridad Social

El empleador es responsable de dar de alta a la empleada de hogar en la Seguridad Social antes de que empiece a trabajar. Este trámite puede realizarse online a través del portal Import@ss o en una oficina de la Seguridad Social.

En el alta deben constar las horas semanales, el salario acordado y la fecha de inicio del contrato. También se comunicará si el empleador asume el pago de las cotizaciones o si estas se prorratean con la trabajadora.

Contrato y salario

El contrato debe formalizarse por escrito cuando la relación laboral dure más de cuatro semanas. En él se especificarán el tipo de jornada (interna, externa o por horas), las tareas, el salario, los descansos y el periodo de prueba.

En 2025, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es de 1.134 € brutos mensuales en 14 pagas. Para empleadas que trabajan por horas, el salario mínimo es de 8,87 € por hora, con pagas extras y vacaciones incluidas.

Jornada laboral, descansos y vacaciones

La jornada máxima es de 40 horas semanales de trabajo efectivo, aunque pueden pactarse horas de presencia, siempre remuneradas.

La empleada tiene derecho a 36 horas consecutivas de descanso semanal, normalmente sábado por la tarde y domingo, y a 30 días naturales de vacaciones al año, que pueden dividirse en dos o más periodos, siempre de mutuo acuerdo.

Cotizaciones y derechos laborales

Desde octubre de 2022, las empleadas de hogar cotizan también por desempleo y Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), lo que les permite acceder al paro en caso de despido.

El empleador debe abonar mensualmente las cuotas a la Seguridad Social, que cubren contingencias comunes, profesionales, desempleo y formación.

En caso de despido, debe entregarse una comunicación por escrito y abonar el finiquito correspondiente, respetando los plazos legales de preaviso.

Seguridad y prevención de riesgos

Aunque el empleo doméstico tiene características especiales, el empleador debe garantizar unas condiciones seguras de trabajo: facilitar productos de limpieza correctamente etiquetados, equipos en buen estado y una formación mínima sobre su uso.

Si la empleada reside en el domicilio, se deben respetar su intimidad, tiempos de descanso y espacio personal.

Recomendaciones finales

  1. Formaliza siempre un contrato por escrito y el alta en la Seguridad Social.

  2. Cumple con el salario mínimo y paga las cotizaciones mensualmente.

  3. Acordad claramente las funciones y horarios.

  4. Guarda los justificantes de pago y documentos de alta.

  5. Revisa periódicamente la normativa, ya que las condiciones pueden actualizarse cada año.

Cumplir con estas obligaciones es la mejor forma de asegurar una relación laboral justa, transparente y respetuosa tanto para la empleada como para el empleador. Si tienes dudas sobre cómo hacerlo o necesitas ayuda con los trámites, en Abogados CEA pueden guiarte en todo el proceso.  Contacta con nosotros para una primera valoración

María Oliva Gómez Olmeda

María Oliva Gómez Olmeda - Abogada CEA

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