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Permiso por fallecimiento de un familiar

El fallecimiento de un familiar es una situación especialmente delicada. Además del impacto emocional, muchas personas trabajadoras se preguntan cuántos días de permiso les corresponden, desde cuándo empiezan a contarse o qué ocurre si la defunción se produce en fin de semana, festivo o día de descanso.

En España, el permiso por fallecimiento está regulado en el artículo 37.3 b bis del Estatuto de los Trabajadores. Su aplicación práctica, especialmente en lo relativo al inicio del cómputo y al disfrute en días laborables, ha sido perfilada por la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

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En este artículo te explicamos, de forma clara, qué dice la ley, qué familiares están incluidos y qué aspectos conviene revisar en el convenio colectivo aplicable.

Cuántos días de permiso por fallecimiento corresponden

El Estatuto de los Trabajadores reconoce un permiso retribuido de 2 días por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.

Este permiso se amplía en 2 días más cuando la persona trabajadora necesita realizar un desplazamiento con motivo del fallecimiento.

Por tanto, el mínimo legal es:

  • 2 días de permiso retribuido.

  • 4 días en total si existe desplazamiento.

Al tratarse de un permiso retribuido, la persona trabajadora mantiene su derecho al salario durante esos días.

Aunque en los últimos años se han planteado propuestas para ampliar este permiso, a fecha de actualización de este artículo el mínimo legal vigente sigue siendo de 2 días, ampliables a 4 si existe desplazamiento.

Para qué familiares se aplica el permiso por fallecimiento

El permiso por fallecimiento se concede por la muerte del cónyuge, de la pareja de hecho y de familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.

Esto incluye tanto familiares directos de la persona trabajadora como familiares vinculados por matrimonio o pareja de hecho, dentro de los grados previstos legalmente.

Familiares incluidos en el permiso

 Con carácter general, dentro de este permiso se incluyen:

  • Padres.

  • Hijos.

  • Hermanos.

  • Abuelos.

  • Nietos.

  • Suegros.

  • Yerno y nuera.

  • Cuñados.

Estos familiares entran dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, por lo que generan derecho al permiso retribuido previsto en el Estatuto de los Trabajadores.

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Familiares que no suelen estar incluidos

Con carácter general, el permiso legal no alcanza a familiares de tercer grado o posteriores, salvo que el convenio colectivo aplicable establezca una mejora.

Por ejemplo, normalmente no estarían incluidos en el permiso legal mínimo:

  • Tíos.

  • Sobrinos.

  • Primos.

No obstante, algunos convenios colectivos pueden ampliar los familiares que dan derecho al permiso, aumentar el número de días o regular condiciones más favorables para la persona trabajadora.

Por eso, antes de descartar el derecho al permiso, siempre conviene revisar el convenio colectivo aplicable.

Cuándo empieza el permiso por fallecimiento

Esta es una de las dudas más frecuentes. Durante años existieron interpretaciones distintas, pero el criterio actual de los tribunales ha dejado claro que los permisos retribuidos deben disfrutarse en días laborables.

La razón es que la finalidad del permiso es permitir que la persona trabajadora se ausente del trabajo sin perder salario. Si el permiso se consumiera en días en los que no existía obligación de trabajar, el derecho perdería parte de su sentido.

Regla general

El permiso por fallecimiento empieza el primer día laborable de la persona trabajadora cuando el fallecimiento se produce en un día no laborable.

En cambio, si la defunción tiene lugar en un día en el que la persona trabajadora debía prestar servicios, el permiso puede comenzar ese mismo día.

Ejemplo real: Si el fallecimiento ocurre en domingo y la persona trabajadora tiene jornada de lunes a viernes, el permiso comenzará el lunes.

Si ocurre en festivo o en un día de descanso semanal, el cómputo se iniciará el siguiente día laborable.

Por ejemplo, si una persona trabaja de lunes a viernes y el fallecimiento se produce un sábado, los 2 días de permiso empezarían a contar desde el lunes, salvo que el convenio colectivo establezca una condición más favorable.

Cuándo se amplía el permiso a 4 días

La ampliación del permiso procede cuando, con motivo del fallecimiento, la persona trabajadora necesita realizar un desplazamiento.

En ese caso, el permiso pasa de 2 a 4 días retribuidos.

Qué se entiende por desplazamiento

La ley no fija una distancia mínima concreta para considerar que existe desplazamiento. Por tanto, habrá que valorar cada caso concreto.

En la práctica pueden influir factores como:

  • Lo que establezca el convenio colectivo.

  • La distancia entre el lugar de trabajo o residencia y el lugar al que debe desplazarse la persona trabajadora.

  • El tiempo real del traslado.

  • La necesidad de viajar a otra localidad, provincia o comunidad autónoma.

  • Las circunstancias personales y familiares del caso.

Por ejemplo, suele apreciarse desplazamiento cuando es necesario viajar a otra ciudad o a otra comunidad autónoma, aunque no existe una regla cerrada aplicable de forma automática a todos los supuestos.

El permiso por fallecimiento se puede dividir

Salvo que el convenio colectivo establezca otra cosa o exista una práctica empresarial más favorable, el permiso por fallecimiento se disfruta normalmente de forma continuada, por su conexión inmediata con el hecho causante.

Su finalidad es atender una necesidad familiar urgente vinculada al fallecimiento, por lo que lo habitual es que se disfrute sin interrupciones ni fraccionamientos.

No obstante, puede haber convenios colectivos que permitan una regulación más flexible. Por eso, antes de afirmar que el permiso debe disfrutarse necesariamente de forma consecutiva en todos los casos, es recomendable revisar la norma convencional aplicable.

El convenio colectivo puede mejorar este permiso

Sí. El convenio colectivo puede establecer condiciones más favorables que las recogidas en el Estatuto de los Trabajadores.

Por ejemplo, puede:

  • Ampliar el número de días de permiso.

  • Incluir familiares no previstos en la regulación legal mínima.

  • Regular de forma más clara cuándo existe desplazamiento.

  • Permitir cierta flexibilidad en el disfrute.

  • Establecer requisitos de justificación documental.

Lo que no puede hacer el convenio colectivo es empeorar el mínimo legal reconocido por el Estatuto de los Trabajadores.

Por tanto, si el convenio reconoce más días o condiciones más beneficiosas, la persona trabajadora tendrá derecho a disfrutar de esa mejora.

Cómo justificar el permiso por fallecimiento

La empresa puede solicitar que la persona trabajadora justifique la causa del permiso.

Para ello, normalmente se puede aportar documentación como:

  • Certificado de defunción.

  • Esquela.

  • Documento que acredite el parentesco.

  • Justificante del desplazamiento, si se solicita la ampliación a 4 días.

La solicitud del permiso debe realizarse lo antes posible, especialmente si la persona trabajadora necesita ausentarse de forma inmediata.

Siempre es recomendable comunicarlo por escrito, aunque sea mediante correo electrónico, para dejar constancia de la fecha, la causa del permiso y los días solicitados.

Qué hacer si la empresa no respeta el permiso por fallecimiento

Si la empresa no concede el permiso, lo calcula incorrectamente o niega la ampliación por desplazamiento sin una causa justificada, es recomendable actuar cuanto antes.

Lo habitual es seguir estos pasos:

1. Comunicarlo por escrito

Conviene dejar constancia de la solicitud del permiso y de la causa que lo justifica.

En la comunicación se puede indicar el familiar fallecido, el parentesco, la fecha del fallecimiento y, en su caso, la necesidad de desplazamiento.

2. Revisar el convenio colectivo

Muchos conflictos se resuelven al comprobar que el convenio colectivo mejora la regulación general del Estatuto de los Trabajadores.

El convenio puede reconocer más días de permiso, incluir familiares adicionales o concretar cuándo existe desplazamiento.

3. Solicitar asesoramiento laboral

Si la empresa mantiene su negativa o interpreta el permiso de forma restrictiva, puede ser conveniente acudir a un profesional para valorar la situación.

Esto es especialmente importante cuando la empresa descuenta días de salario, obliga a recuperar las horas o deniega el permiso pese a cumplirse los requisitos.

4. Reclamar por vía laboral

Cuando no hay acuerdo, la persona trabajadora puede ejercitar las acciones legales que correspondan para que se reconozca su derecho.

Dependiendo del caso, también podría reclamarse el salario descontado indebidamente o los perjuicios derivados de la negativa empresarial.

Preguntas frecuentes sobre el permiso por fallecimiento 

Cuántos días te corresponden por fallecimiento de un familiar

Corresponden 2 días de permiso retribuido, ampliables en 2 días más si es necesario realizar un desplazamiento.

El permiso por fallecimiento es retribuido

Sí. Durante esos días la persona trabajadora mantiene su derecho al salario.

El permiso incluye a suegros y cuñados

Sí. Tanto los suegros como los cuñados están incluidos dentro del segundo grado de afinidad.

Cuándo empieza el permiso por fallecimiento si ocurre en fin de semana

Si el fallecimiento se produce en un día no laborable para la persona trabajadora, el permiso empieza el siguiente día laborable.

Por ejemplo, si ocurre en domingo y la persona trabajadora trabaja de lunes a viernes, el permiso comenzará el lunes.

El permiso se cuenta en días naturales o laborables

El criterio actual es que el permiso debe disfrutarse en días laborables, ya que su finalidad es permitir la ausencia del trabajo con derecho a retribución.

Si se computara en días no laborables, el permiso podría perder efectividad.

Se puede negar la empresa a conceder el permiso

No, si se cumplen los requisitos legales. En caso de negativa, la persona trabajadora puede reclamar.

Puede el convenio colectivo dar más días

Sí. El convenio colectivo puede mejorar el permiso previsto en el Estatuto de los Trabajadores, ampliando los días o incluyendo más familiares.

Hay derecho a 4 días siempre que el funeral sea en otra ciudad

No necesariamente de forma automática. La ley habla de necesidad de desplazamiento, pero no fija una distancia mínima. Habrá que revisar el convenio colectivo y valorar las circunstancias concretas del caso.

Conclusión

El permiso por fallecimiento de un familiar en España es un derecho laboral básico. El mínimo legal es de 2 días retribuidos por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, ampliables a 4 días cuando exista necesidad de desplazamiento.

Además, el permiso debe disfrutarse en días laborables para que sea real y efectivo. Si el fallecimiento se produce en fin de semana, festivo o día de descanso, el cómputo debe comenzar el primer día laborable de la persona trabajadora.

Aun así, cada caso puede verse afectado por el convenio colectivo aplicable, que puede mejorar la regulación legal. Por eso, antes de aceptar una negativa empresarial o un cálculo desfavorable del permiso, conviene revisar el convenio y, si es necesario, solicitar asesoramiento laboral.

Ana Belén Cruz Campos

Ana Belén Cruz Campos - Abogada CEA

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