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Derechos de los consumidores en Navidad

Llega la Navidad y con ella la época de mayor consumo del año, por lo que queremos dedicar esta sección a dar información detallada de nuestros derechos como consumidores, en orden a logras un consumo responsable y seguro.

Derechos de los consumidores en Navidad

Comenzando con la publicidad de los productos y servicios, es importante no dejarse llevar por mensajes seductores que normalmente tienen mucho poder sobre las decisiones finales del consumidor, por ello la ley, consiente de este poder de la publicidad para proteger los intereses económicos y sociales de los consumidores impone principios y límites a los comerciantes en su publicidad.

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Es ilícita:

  • La publicidad engañosa, la que puede inducir a error en el consumidor

  • La publicidad desleal, que provoca descrédito, denigración o menosprecio a personas, empresas o productos

  • La publicidad subliminal, que actúa sobre el público destinatario sin ser conscientemente percibida

  • La publicidad agresiva, susceptible de mermar significativamente la libertad de elección o conducta del destinatario mediante acoso, coacción o influencia indebida

  • Además es ilícita la que atente contra la dignidad de las personas yo vulnere los valores y derechos reconocidos en nuestra Constitución.

En Abogados CEA te ofrecemos un asesoramiento personalizado y te ayudamos frente a cualquier problema legal; Llámanos al 91 557 68 46 o contrata ahora los servicios: pago por consulta sólo 30 € o pago anual por sólo 99 €.

En cuanto al contenido de dicha publicidad podrá ser exigido por los consumidores, la publicidad es vinculante para el vendedor y debe cumplir con el derecho que tienen los consumidores a recibir una información veraz, cierta, objetiva y eficaz sobre las características esenciales de los bienes y servicios puestos a disposición de los consumidores.

Derechos de los consumidores en Navidad

Derecho de desistimiento

Hay que advertir que si el producto no tiene defectos y se ha adquirido en tienda no hay un derecho a la devolución del mismo, salvo, que el propio establecimiento lo ofrezca, (a través de la publicidad en el comercio, información impresa en el ticket de compra o mediante del típico mensaje de ” si no queda satisfecho ...le devolvemos el dinero”). Sin embargo, si el producto ha sido adquirido fuera de un establecimiento mercantil, a través de internet o bien a través de un comercial en nuestro domicilio, existe la posibilidad de desistir de la compra devolviendo el producto y obteniendo el dinero abonado siempre y cuando comuniquemos el desistimiento en un plazo de 14 días, el vendedor está obligado a otorgar al comprador documento informativo sobre las condiciones del ejercicio del derecho de revocación o desistimiento.

El vendedor deberá además hacer entrega del documento de desistimiento, identificado claramente como tal, que exprese el nombre y dirección de la persona a quien debe enviarse y los datos de identificación del contrato y de los contratantes a que se refiere. En caso de incumplimiento de esta obligación de información el plazo para ejercitar el desistimiento será de tres meses.

Derecho de garantía

Todo producto nuevo tendrá una garantía de tres años, dos años si se trata de contenidos o servicios digitales y una año si es un artículo de segunda mano adquirido en un establecimiento mercantil un año, si el vendedor fuera un particular responderá de los vicios ocultos del producto durante seis meses.

María Oliva Gómez – Abogada de CEA

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Éxitos Abogados CEA

  • 11
    Socio ASB, propietario de una vivienda alquilada, necesitaba resolver contrato de arrendamiento para que su hijo ocupara la vivienda, la inquilina no quería marcharse y encima no le abonaba la renta. Se le mandó un escrito firmado por Abogados CEA, explicándole la obligación que tenía de abandonar la vivienda en unos meses. La inquilina ha aceptado marcharse de la vivienda voluntariamente. En la actualidad el socio nos comunica que su inquilina se encuentra haciendo la mudanza.
  • 8
    R.M.: "Cuando Fernando (Abogado de CEA) nos dijo que Bankia nos devolvía los 266.000 € que habíamos invertido en preferentes, sentí que nos había tocado la lotería. Estamos muy agradecidos"
  • 10
    S.F.G.: "Gracias a las gestiones de la abogada María Oliva Gomez, sólo pagué 69 € por un año de inscripción y consiguieron que no tuviera que pagar 1.800 € que me reclamaba la compañía de la luz"
  • 4
    Se consigue que Orange devuelva al socio M.T.A, 672 €, que le había facturado en concepto de mensajes Premium.
  • 5
    Se gana procedimiento por el que el Ayuntamiento pretendía que la socia C.M.G. quitara su equipo de aire acondicionado de la fachada del edificio.
  • 3
    RMG fue a recoger a su nieto a la guardería y este tenia heridas diversas en su cuerpo; acudió a Abogados CEA para reclamar los hechos y tras los requerimientos realizados por la abogada María Oliva Gómez, se llegó a un acuerdo con el centro por el que, la madre del menor fue indemnizada con 3.000 €.
  • 1
    El socio A.M, acudió a Abogados CEA ya que Vodafone le había subido el precio de su tarifa aún teniendo periodo de permanencia. La abogada Maria Oliva Gómez consiguió que la compañía le devolviera todo el dinero que le habían cobrado de más.
  • 2
    Conseguimos que socio A.T.G. sea compensado con 1.300 € por la compañía eléctrica ya que la misma llevaba años aplicándole en su factura una penalización por no instalar el Interruptor de Control de Potencia sin que se dieran los requisitos necesarios para aplicar la citada penalización.
  • 7
    J.A.: "Gracias a la abogada Ana María Amador me devolvieron el dinero de un móvil que me vendieron y no funcionaba bien"
  • 6
    FJP como cliente del BBVA acudió a la asesoría jurídica de CEA para interponer una reclamación a su banco. Finalmente, a través de la reclamación presentada por los abogados de CEA, nuestra socia consiguió recuperar parte de los gastos de hipoteca (notaría y registro)
  • 9
    A.V.: "La aerolínea quería pagarme 72 € de indemnización por retraso y los abogados de CEA consiguieron que me pagaran 600 €"