Evitar problemas en la Lotería de Navidad
Se acerca el sorteo más famoso y esperado del año, la Lotería de Navidad, con un premio máximo de 4 millones de euros el billete (400.000€ por décimo).
Son fechas, por tanto, en las que solemos soñar con todo aquello que nunca nos hemos podido permitir y en las que la exaltación del espíritu de la honestidad y de la buena fe, hacen que al menos uno de cada tres españoles compartan dichas ilusiones y esperanzas con familiares y amigos compartiendo décimos de lotería sin tomar ninguna precaución legal al respecto.
No obstante, y aunque para algunos la amistad no tiene precio, creo que es importante no poner a prueba ese dicho, adoptando unas simples medidas podemos evitar que la persona con la que hemos compartido el décimo y que además lo tiene en su poder, caiga en la tentación de no repartir el premio y perdamos no sólo el dinero sino también la amistad.
El hecho de reflejar por escrito en una simple fotocopia del décimo compartido la identidad, firma y cantidad jugada por cada uno es suficiente para ahorrarnos un procedimiento judicial que puede extenderse entre 3 y 4 años. Si no tenemos posibilidad de hacer una fotocopia del décimo es conveniente anotar junto a los datos de los titulares el número, serie y fracción jugado.
Por otra parte, desde el punto de vista fiscal, Hacienda se embolsará el 20% del premio cobrado, pero de no manifestar en el momento del cobro que dicho premio es compartido, Hacienda va a considerar que la cantidad recibida por cada uno de los supuestos titulares del décimo una vez repartido resultado de una donación, volviendo a gravar dicha cuantía con el Impuesto de Donaciones y disminuyendo así aún más, la cantidad finalmente recibida.
Para evitar esa doble imposición fiscal es importante cobrar el premio en una entidad bancaria y comunicar en ese momento, la identidad y cuantía en la que participa cada uno de los titulares del mismo. De ese modo será el banco el encargado de facilitar a la Agencia Tributaria dicha información.
Finalmente recordar a los matrimonios casados en régimen de gananciales que los premios serán considerados igualmente gananciales y por tanto pertenecerán al 50% a cada uno de los cónyuges con independencia del que realmente hubiese adquirido el décimo. Por el contrario, en el caso de los casados en régimen de separación de bienes el premio pertenecerá en exclusiva al que adquirió el boleto premiado.
Para terminar, desear a todos nuestros asociados que participen en el sorteo, muchísima suerte este 22 de diciembre y para aquellos que hayan compartido décimos, aconsejarles una mínima dosis de prudencia.
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