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grados de consanguinidad

Permiso por enfermedad grave de un familiar

Permiso por enfermedad grave de un familiar

En el caso de tener un familiar enfermo de gravedad, el permiso que te corresponde, si no dice otra cosa el convenio colectivo, es el siguiente: dos días por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de 4 días.

Permiso retribuido en el trabajo por urgencia familiar

Permiso retribuido en el trabajo por urgencia familiar

Hay determinadas situaciones familiares como, fallecimiento, accidente o enfermedad grave, que justifican el podamos ausentarnos de nuestro trabajo. Se trata de un derecho reconocido en el Artículo 48a del Estatuto de los Trabajadores y al que las empresas no pueden negarse, en este no se contemplan casos como permiso por paternidad.