El convenio regulador, es un acuerdo bilateral de los cónyuges en el que tras poner fin a la convivencia matrimonial o al matrimonio, se regulan todas las consecuencias jurídicas del mismo. El art.777 de la LEC establece la obligatoriedad de presentar este convenio regulador junto con las demandas de separación o de divorcio.
Te ofrecemos un asesoramiento legal en cualquier materia relacionada en el ámbito familiar y sucesorio. Le decisión sobre el régimen económico matrimonial puede evitar numerosos problemas en un futuro, o el conocimiento previo de los derechos y obligaciones resultantes de un divorcio pueden incidir en el convenio que se vaya a adoptar. Otorgar testamento atendiendo a las consideraciones personales de cada heredero puede evitar discusiones futuras. En todos estos casos nuestros abogados le informarán y le asesoraran sobre la mejor manera de proceder.
Diversos estudios sociológicos revelan que tras las vacaciones veraniegas se disparan las demandas de divorcio. Cuestiones como el mayor tiempo de convivencia de la pareja, que durante esta etapa se ve obligada a salvar diferencias y dificultades que el resto del año no se presentan, unidas a que el mes de agosto es inhábil para presentar demandas en los juzgados, hacen que septiembre sea el mes por excelencia para solicitar el divorcio.