Contactar

91 557 68 46

Facebook Instagram TikTok

Haz click para hablar con un gestor personal

91 557 68 01

Si lo prefieres te llamamos ahora



¿Te has quedado sin Internet o teléfono en casa?

Debido a la necesidad y dependencia que en la actualidad todos tenemos de los sistemas de telecomunicaciones y los graves perjuicios que supone el que en un momento dado se haya producido una suspensión de los servicios de telefonía o Internet, consideramos importante dar a conocer el derecho que tiene todo usuario a una compensación económica en el caso de que por causas imputables a la compañía se haya sufrido la interrupción del servicio.

Teléfono e internet en casaLa indemnización consiste en una cantidad a percibir que será la mayor de las dos siguientes:

  • El promedio del servicio facturado por todos los servicios afectados durante los últimos tres meses prorrateados por el tiempo que haya durado la interrupción.

  • Cinco veces la cuota mensual de abono prorrateada por el tiempo que haya durado la interrupción.

La compañía está obligada a devolver el importe automáticamente en la factura del siguiente periodo, no obstante, son raros los casos en los que la compensación se abona de manera automática y sin reclamación, por lo que es conveniente presentar la misma, para lo cual los socios de CEA podrán acudir a la Asesoría Jurídica.

Así mismo hay que tener en cuenta que si la interrupción se debe a una avería producida por causas de fuerza mayor la compañía telefónica deberá únicamente proceder a la devolución del importe de la cuota de abono prorrateado por el tiempo que dure la interrupción.

Etiquetas: Consumidores, Compañías de telefonía, Telefonías, Teléfono, Internet, Factura telefónica, Abogados consumo, Telefonia movil