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Los edificios con calefacción central deberán instalar contadores individuales

La Directiva Europea de Eficiencia Energética 27/2012/UE, obliga a todos los edificios con sistema de calefacción central a la instalación de dispositivos de medición individual repartidores de los costes, bien en los radiadores o en su defecto a través de contadores individuales de calefacción antes del 31 de Diciembre del 2016.

Calefacción hogarEsta Directiva todavía no es efectiva en España, a pesar de que el 5 de junio del 2014 venció el plazo concedido. Si bien el Gobierno ya está tramitando un Real Decreto que desarrolla esta obligación en sus distintas áreas, la cual recaerá sobre los propietarios debiendo asumir el coste de dicha individualización.

Llegado este punto de ineludible cumplimiento, se recomienda a las Comunidades de Propietarios procedan a solicitar a empresas autorizadas los presupuestos sobre el coste de dicha individualización acorde a cada tipo de edificio, ya que el incumplimiento de esta Directiva, lo contempla como una infracción grave, estableciendo sanciones económicas a las Comunidades de vecinos que oscilan entre los 1.001 a 10.000€.

El objetivo último perseguido por dicha Directiva es conseguir una mayor eficiencia energética, y un ahorro de calefacción que oscila entre un 20% y un 30%, además de un mayor confort en las viviendas de los propietarios, ya que son muchas las controversias que se originan por un exceso de calor en los pisos mas bajos y ausencia del mismo en plantas superiores, además de una más justa redistribución del coste, ya que cada vecino pagará en función de su consumo.

Etiquetas: Abogados consumo, Hogar, Calefacción, Consumo, Comunidad de propietarios

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