Como ya anunciamos hace un tiempo, el Tribunal de Justicia de Madrid había considerado aplicable la exención prevista en el artículo 7 de la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a las prestaciones satisfechas por la Seguridad Social durante las 16 semanas de baja maternal al establecer dicha norma que “…estarán exentas las demás prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción, hijos a cargo y orfandad.
El reiterado cambio en las relaciones laborales y las numerosas modificaciones legislativas en el ámbito laboral sugieren la necesidad de estar bien informado por ello te ayudamos a resolver tus dudas en el ámbito laboral.
Jubilación: jubilación anticipada, planes de pensiones, jubilación autónomos, Seguridad Social pensiones, pensión no contributiva, rescatar planes de pensiones
Desempleo: subsidio por desempleo, ayudas para desempleados, subsidio para autónomos, INEM,
Maternidad y cuidado de menores: baja por maternidad, permiso paternidad, ayudas por maternidad, prestación por maternidad, baja por paternidad, reducción de jornada.
Cuando un padre o una madre esperan el nacimiento de su hijo tienen una serie de derechos en el ámbito laboral en el momento posterior al embarazo. Éstos son los que más vienen determinados por la actual Ley. Además, todas las madres tienen una serie de derechos laborales previos al embarazo.