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¿Me tienen que devolver los gastos hipotecarios?

Los gastos hipotecarios, derivados de la escritura de la hipoteca, que siempre ha venido pagando el consumidor pueden ser reclamados, porque cuando el interesado de la transacción en el préstamo hipotecario es la entidad financiera que exige que se realice en escritura pública, se deberían atribuir esos gastos a la entidad y así se ha recogido en la sentencia del Tribunal Supremo de 23 de diciembre de 2015, que ha declarado como abusiva esta práctica bancaria y ha entendido como nulo el pacto que lo contemple si no ha sido negociado, siendo estos los siguientes gastos que no deberían ser pagados por los clientes y que en su caso podría reclamar:

  1. Devolver los gastos hipotecariosGastos notariales

  2. Gestoría

  3. Gastos Registro de la Propiedad

  4. Impuestos (Actos Jurídicos Documentados)

Para reclamar la devolución de gastos hipotecarios, al igual que en el caso de las hipotecas con cláusula suelo, en primer lugar, debemos revisar a cuánto asciende la cantidad que abonamos para poder concretar el importe correspondiente y, con copia de las facturas de los gastos se debe reclamar en su sucursal o en la página web de atención al cliente que ha dispuesto cada una de las entidades financieras.

En definitiva, los consumidores que hayan firmado una hipoteca y no hubiese existido una negociación individual en la que se especifiquen esos gastos y aprobados explícitamente, podrán ser reclamados ahora, y si no aceptan en vía amistosa sería recomendable revisar una posible reclamación judicial, pero después ser analizada la documentación por un abogado y estar debidamente asesorado.

Así pues, en estos casos se puede requerir formalmente a la entidad financiera y a todos los efectos legales para que se avengan a reconocer la nulidad de esos gastos, y solicitar la devolución.

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Ana María Amador. Abogada de CEA

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