Con motivo de la situación económica que ha producido el estado de alarma el estado ha establecido en el Real Decreto Ley 11/2020, de 31 de marzo, una serie de medidas urgentes complementarias enfocadas a ayudar a los autónomos.
Como hemos explicado en artículos anteriores, para beneficiarte de algunas de las medidas urgentes establecidas con motivo del estado de alarmapor el Coronavirus, por ejemplo, el bono socialde electricidad, debes de tener la condición de consumidor vulnerable. Ahora bien, una vez extinguida esta condición tienes la obligación de “comunicar este hecho al comercializador de referencia.” Y nunca será por plazo superior a los seis meses.