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IRPF

¿Qué es la doble imposición internacional?

Doble Imposición Internacional

¿Qué se entiende por doble imposición internacional? Es un concepto muy de moda en los últimos años debido a la globalización y al movimiento de personas entre países de un mismo continente. 

Ahorro y fiscalidad

Asesoramiento fiscal

La compleja y múltiple legislación fiscal, así como la multitud de productos de ahorro, requiere poder disponer de un asesoramiento jurídico que evite desde incumplir con nuestras obligaciones con las Haciendas locales o encontrarnos con sorpresas desagradables al intentar rescatar un plan de pensión, o ver como nuestros ahorros han mermado, porque el producto no se ajusta a la realidad de lo ofertado.

En abogadoscea te ofrecemos:

1. Asesoramiento especializado sobre:

  • Obligaciones con las haciendas locales o la hacienda pública.

  • Temas relaciones con: IRPF, IVA.

  • Impuestos: Patrimonios, IBI, Tasas de basura, donaciones.

  • Declaraciones de hacienda.

  • Deducciones fiscales.

  • Impuesto transmisiones patrimoniales.

  • Exenciones.

  • Revisión de impuestos.

  • Doble imposición internacional.

2. Redacción y revisión de escritos administrativos.

3. Asesoramiento jurídico sobre las condiciones y la letra pequeña de cualquier producto financiero antes de tu firma para evitar problemas futuros.

4. Preparamos reclamaciones en tu nombre ante la administración, compañías de seguros, financieras o bancos.

5. Ayuda legal 24h: Ante cualquier urgencia legal nuestros abogados están a tu disposición las 24 h.

Bajada del IRPF a los conductores de coches de renting

Conductores de Coches

En el último año varias son las leyes y Reales Decretos que han modificado cuestiones importantes en materia fiscal, tanto en el impuesto de la renta sobre las personas físicas como en el impuesto de sociedades.

Cómo reclamar la devolución del IRPF de maternidad

Cómo reclamar la devolución del IRPF de maternidad

Como ya anunciamos hace un tiempo, el Tribunal de Justicia de Madrid había considerado aplicable la exención prevista en el artículo 7 de la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a las prestaciones satisfechas por la Seguridad Social durante las 16 semanas de baja maternal al establecer dicha norma que “…estarán exentas las demás prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción, hijos a cargo y orfandad.