Contactar

91 557 68 46

Facebook Instagram TikTok

Haz click para hablar con un gestor personal

91 557 68 01

Si lo prefieres te llamamos ahora



¿Cómo se puede hacer un documento de voluntades anticipadas?

El testamento vital es un documento fundamental para las personas mayores que, con capacidad legal suficiente, determinan qué asistencia média desean recibir en situaciones que no pueden expresar sus voluntades.

Testamento Vital¿Qué es el testamento vital?

El documento de voluntades anticipadas o instrucciones previas, más conocido como testamento vital, es una fórmula legal por la que una persona mayor de edad y con capacidad legal suficiente manifiesta qué asistencia médica desea recibir en caso de que llegue a encontrarse en una situación en la que no pueda expresar su voluntad.

La legislación autonómica varia con respecto a la forma de otorgarse este documento, aunque con carácter general se permite de dos formas:

  • Ante testigos mayores de edad y con plena capacidad de obrar. En unas Comunidades Autónomas basta con redactar una declaración y en otras cuentan con un modelo cerrado y ya redactado, que el interesado debe rellenar con sus datos personales.

  • En escritura pública ante notario.

En el caso de realizar el documento de voluntades anticipadas en escritura pública, el notario garantiza bajo su responsabilidad: la capacidad de otorgante, que ha sido debidamente informado, que lo firmado se corresponde con su voluntad, y que esta se ajusta a la ley vigente. Frente a la primera opción, presenta también la ventaja de su conservación en el protocolo notarial y la garantía de su autenticidad, e inalterabilidad. El notario, además, puede orientar sobre las consecuencias que conllevaría todo lo dispuesto.

¿Qué tipo de contenidos se incluyen?

Entre las instrucciones más frecuentes figuran:

  • Los tratamientos médicos que se desea o no recibir. En este apartado es frecuente que los interesados manifiesten su rechazo a todos los mecanismos que puedan mantenerles con vida de modo artificial, siempre que el equipo médico considere irreversible la situación.

  • La designación de uno o varios representantes que ejerzan como interlocutores con el equipo sanitario.

  • La decisión de si se desea donar órganos con finalidad terapéutica, docente o de investigación. En caso afirmativo no se requerirá autorización familiar para la extracción o la utilización de los órganos donados.

Para cualquier duda o ampliación de información no dude en consultar con los abogados de CEA.

Etiquetas: Testamento, Últimas voluntades, Notario, Testamento vital, voluntades anticipadas, documento, escritura publica