Contactar

91 557 68 46

Facebook Instagram TikTok

Haz click para hablar con un gestor personal

91 557 68 01

Si lo prefieres te llamamos ahora



Controles a viajeros que entren en España

Desde el día 1 de julio de 2020 tiene efectos la Resolución de fecha 29 de junio de 2020, de la Dirección General de Salud Pública, del Ministerio de Sanidad, a través de la que se regulan los controles de los pasajeros que entren a España, tanto en transporte aéreo como marítimo.

Controles a viajeros que entren en España

Para evitar la entrada de personas infectadas por Coronavirus, se establecen tres controles: temperatura, control documental y control visual sobre el estado del pasajero. El de temperatura establece el límite en 37,5ºC y el documental supone la cumplimentación de un formulario que se encuentra incluido en esta Resolución como Anexo I y que deben cumplimentar todos los pasajeros con origen en cualquier aeropuerto o puerto situado fuera del territorio español:

“El proceso de cumplimentación del formulario se hará por vía electrónica, de tal manera que todas las personas que vayan a viajar a España deberán cumplimentarlo antes de iniciar su viaje a través de la dirección de internet: www.spth.gob.es, o en mediante la aplicación gratuita Spain Travel Health-Spth.

Una vez finalizado el formulario el pasajero obtendrá un código QR, que deberá presentar a su llegada a España.”
Establece también a Resolución un período transitorio hasta el 31 de julio de 2020, “en el que los pasajeros internacionales que no hayan podido cumplimentar telemáticamente el formulario de salud pública lo podrán presentar a su llegada a España en formato papel.”

Las agencias de viaje, los operadores turísticos y las compañías de trasporte aéreo o marítimo y “cualquier otro agente que comercialice billetes aisladamente o como parte de un viaje combinado, deberán informar a los pasajeros, en el inicio del proceso de venta de los billetes con destino a España, de la obligatoriedad de presentar el formulario de salud pública en el aeropuerto o puerto de destino”.

En Abogados CEA te ofrecemos un asesoramiento personalizado y te ayudamos frente a cualquier problema legal; Llámanos al 91 557 68 46 o contrata ahora los servicios: pago por consulta sólo 30 € o pago anual por sólo 99 €.

Se deberá avisar en el proceso de registro o “check in” de la obligatoriedad de presentar el formulario de salud pública a la llegada a España. Y además “las compañías de transporte aéreo o marítimo una vez en espacio aéreo o marítimo español informarán a los pasajeros antes de llegar a su destino de la obligatoriedad de presentar el formulario de salud pública a la llegada, debiendo facilitar el formulario a los pasajeros que no hubieran podido cumplimentarlo por vía electrónica.”

Fernando González Iturbe – Abogado CEA

Etiquetas: controles Covid 19, controles pasajeros España, control documental aeropuertos, control temperatura aeropuertos, control visual aeropuertos, medidas aeropuertos Covid, medidas aeropuertos Madrid Covid, medidas aeropuertos coronavirus, controles seguridad Covid, controles sanitarios pasajeros, controles viajeros España, triple control aeropuertos Covid, check in coronavirus, formulario salud publica aeropuertos, agencia de viajes Madrid, viajar a España coronavirus, transporte aereo coronavirus