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Multas por saltarse el confinamiento

Saltarse el confinamiento supone un acto de desobediencia; Esto está catalogado como una sanción grave y supone una multa que oscila entre los 601 € a los 30.000 euros; En principio es una sanción económica, pero puede acarrear penas de cárcel si hay reincidencia persistente o se resiste a la autoridad.

Desde que se inició el confinamiento, las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado han impuesto más de medio millón de sanciones y ya han empezado a llegar a los domicilios.

Multas por saltarse el confinamiento

A continuación, te detallamos las sanciones administrativas más comunes que se están produciendo, si bien hay que matizar que los importes pueden ser más elevados si el instructor del expediente sancionador así lo considera tras leer la denuncia; por este motivo los agentes de la autoridad tienen instrucciones de reflejar de la forma más exacta posible, los hechos objeto de la denuncia y las circunstancias concurrentes. 

Si te han multado por:

  • Salir de tu municipio

    Salir de tu municipio

  • No utilizar mascarilla

    No utilizar mascarilla

  • Reunión no autorizada

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  • Transitar por la vía pública

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  • Cualquier otra sanción

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Multas por saltarse el estado de alarma 

No tener justificación para estar en la calle 601 €
Negarse inicialmente a identificarse 700 €
Ser reincidente 1.200 €
Ir acompañado sin justificar por otra persona 1.500 € *
Salir a la calle o llevar en el vehículo a menores, personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad 1.500 €
Dificultar a los agentes la identificación 1.500 €
Circular con el vehículo sin justificación 1.500 €
Desplazarse a la segunda residencia 1.500 € *
Organizar fiestas, celebraciones… 10.400 €

*La sanción es por persona

Este tipo de multas que conllevan unos importes económicos muy elevados, requieren ser analizadas por un abogado especialista con el fin de valorar si es aconsejable recurrirla o es mejor abonarla con el 50% de descuento.

Recurrir multas por saltarse el estado de alarma

Susana Valladares – Abogados CEA

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