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Conoce los cambios legislativos en los arrendamientos turísticos

¿Estás pensando alquilar tu apartamento turístico? Los abogados de CEA te informa de los nuevos requisitos qué debes cumplir según en la comunidad autónoma en la que esté el inmueble.

Alquileres de veranoDesde hace tiempo, el número de páginas Web de anuncios de alquileres vacacionales privados de corta duración no ha parado de crecer, así mismo aumenta constantemente el número de viviendas que gestionan y el número de usuarios de las mismas debido a la facilidad que supone Internet tanto para el que ofrece su vivienda como para el que busca un destino para sus vacaciones.

Ello ha provocado quejas en el sector hotelero que venía exigiendo una regulación específica que impusiera límites a este tipo de alquiler que se desarrollaba en condiciones tan ventajosas que rozaban la competencia desleal.

Por ello, hace dos años se limitó este tipo de arrendamientos al sacarlos de la Ley de arrendamientos Urbanos y dejar su regulación a cada Comunidad Autónoma para regular dicha materia a su antojo. El resultado ha sido una diversidad de normas que prohiben o permiten alquilar apartamentos que muchas veces están separados por unos pocos kilómetros.

Prácticamente todas las Comunidades exigen la obligatoriedad de figurar en un Registro y la presentación de una declaración responsable por parte del propietario de que cumple con los requisitos impuestos por la comunidad respectiva para este tipo de alojamientos. A partir de ahí las comunidades abordan la regulación de estos alquileres de diferentes formas. Así por ejemplo en Canarias se prohiben los arrendamientos turísticos privados en las zonas en las que haya oferta hotelera. En Asturias se debe ofrecer el servicio de alojamiento como mínimo los meses de julio, agosto y septiembre, de modo que para que los asturianos puedan arrendar sus viviendas de playa a turistas deben renuncias a usarlas en el período estival y en Madrid se prohiben este tipo de arrendamientos por periodo inferior a cinco noches consecutivas.

Finalmente consideramos importante que conozcan el propósito de Hacienda de vigilar los anuncios en Internet de este tipo de arrendamientos para detectar posibles fraudes fiscales por no tributación de las rentas obtenidas.

Ante cualquier consulta, los abogados de CEA están a su disposición.

Etiquetas: Alquiler de vivienda, Vacaciones, Alquiler casa, Pago alquiler, Alquiler de verano, Apartamentos, Verano